Sabe usted, ¿cuáles fueron las modificaciones a la Ley del ISSSTE?

Análisis

Por: Juan de Mata

Anteriormente

 

Actualmente

 

Se organizan 21 seguros, incluidas las prestaciones y los servicios

 

SEGUROS

 

Se contemplan 4 seguros

 

. de salud

. de riesgo

. de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

. de ínvalidez y vida

 

Prestaciones

 

. préstamos hipotecarios y financiamiento para vivienda

. servicios sociales

En materia de pensiones se utiliza el sistema de reparto, mediante un fondo común.

 

En materia de pensiones, se aplica el Sistema de Cuentas individuales.

 

 

 

 

 

 

 

La pensión se otorga como un porcentaje del salario

del último año de cotización.

Se incrementa gradualmente el porcentaje de salario regulador para el cálculo del pago de pensiones.

 

años promedio de últimos

salarios considerados

a la entrada en

vigor de esta Ley

2007 1

2008 2

2009 3

2010 4

5

Anteriormente

 

Actualmente

 

 

 

 

 

 

 

La edad mínima requerida para la

obtención de pensión por jubilación:

 

48 años para las trabajadoras

 

 

50 años para los trabajadores

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La edad mínima requerida para la obtención de pensión por edad y tiempo de servicio era

 

55 años

 

Se incrementan gradualmente las edades requeridas para el otorgamiento de pensiones, jubilación, edad y por tiempo de servicios.

 

Por jubilación: trabajadores trabajadoras

 

años edad minima de jubilacion edad minima de jubilación

al entrar en vigor 50 48

 

2007 y 2008 51 49

2009 y 2010 52 50

2011 y 2012 53 51

2013 y 2014 54 52

2015 y 2016 55 53

2017 y 2018 56 54

2019 y 2020 57 55

2021 y 2022 58 56

2023 y 2024 59 57

2025 y 2026 60 58

2027 y 2028 61 59

2029 y 2030 62 60

2031 y 2032 63 61

2032 y 2033 64 62

2034 y 2035 65 63

 

por edad:

 

años edad para pensión por edad

y tiempo de servicios

 

al entrar en vigor la ley 55

2007 y 2008 56

2009 y 2010 57

2011 y 2012 58

2013 y 2014 59

2015 y 2016 60

 

Las constribuciones del trabajador

eran del 3.5%

 

se incrementan gradualmente las contribuciones del trabajador

hasta llegar a 6.25% en el año 2011

 

a la entrada en de esta ley 30.500%

2007 4.025%

2008 4.550%

2009 5.075%

2010 5.060%

 

El gobierno federal era el único encargado

de efectuar al pago de las pensiones

Órgano encargado del pago de pensiones

 

Para los trabajadores que decidan no migrar al nuevo sistema, el gobierno federal se encargará de efectuar el pago de las pensiones con sus respectivos incrementos graduales

 

Para los trabajdores que decidan migrar al Sitema, recibirán un bono de reconocimento (bonos de pensión del ISSSTE). El valor del bono será para comprar una renta vitalicia equivalente a la pensión que se le reconoce a cada trabajador a la fecha de la refiorma

 

cálculo del bono SBC anual con aguinaldo * factor (6.97)

Ell Gobierno Federal era el único órgano administrador de las pensiones.

 

Se crea un órgano público que administre:Pensionissste, como órgano público desconcentado del Instituto. Su función será administración de los derechos pensionarios de los trabajadores que opten por no recibir los Bonos de Pensión, así como las reservas que se constituyan para garantizar el débito y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contraiga, deriva del pago de beneficios y la prestación de servicios relativos a las pensiones.

 

También se encargará de administrar las cuentas individuales de los trabajadores que no elijan una administradora de fondos para el retiro.

Sólo se tomaba en cuenta el sueldo base

 

Cambio conceptual del sueldo básico por el salario de cotización.

 

Cambia y aumenta la base (sueldo base) para determinar las cuotas y aportaciones, el limite inferior del salario de cotización será de un salario mínimo y el límite superior, de 25 sslarios mínimos.

 

El promedio del salario mínimo del último año, era la base para el pago de pensiones

 

Para el nuevo sistema de cuentas individuales el saldo acumulado es la base del cálculo para el pago de las pensiones.

 

Se incrementan las cotizaciones, el trabajdor aportará más, las dependencias y entidades menos y se incorpora una cuota social a cargo del Estado para los seguros de salud y de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

 

Seguro de salud sólo funciona como prestador de servicios de salud

 

El seguro de salud establece un nuevo modelo de gestión para la prestación de los servicios médicos, que separa la “función prestadora de servicios de salud” de la “función financiera de servicios de salud” del Instituto.

 

la operación de este nuevo modelo eficienttista y economicista, está sujeta a disposiciones reglamentarias que emitirá la Junta Directiva.

No existían requisitos

 

Los requisitos para ser beneficiario:

 

los hijos de los pensionados o asegurados que dependan económicamente de sus padres, los que no acudan a la escuela

y los incapacitados deberán ser menores de 16 años para tener derecho a los servicios de salud.

 

los ascendientes de los asegurados, se demanda el requisito de vivir en el domicilio del titular de los derechos, para aceder a los servicios de salud.

No existe

 

Se incluye una pensión garantizada de un salario mínimo general del DF.

 

La actualización de las pensiones está sujeta a la inflación observada en el año anterior, y en caso de que el incremento salarial de los activos sea mayor a ésta, la pensión se iguala a dicho salario.

 

La actualización de las pensiones sólo está sujeta a la inflación observada en el año anterior.

 

En el seguro de riesgos de trabajo.

 

La pensión por incapacidad permanente total, se concederá hasta que el pensionado cumpla 65 años y 25 de cotización, mediante contratación de un Seguro de pensión que le otorgue una renta igual al salario de cotización que venía disfrutando el trabajador al presentarse el riesgo.

 

Si el incapacitado tuviere 60 años o más, cumplidos a la fecha en que se declare su incapacidad total permanente, el Seguro de Pensiones le cubrirá la renta por un plazo de cinco años.

No existe tal diferenciación

 

En el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, se otorgan tres pensiones :

-Retiro, si antes de cumplir las edades establecidas para cesantía en edad avanzada y vejez, si la pensión que se le calcule en el sistema de renta vitalicia es superior en más del 30 por ciento a la pensión garantizada.

-Cesantía en edad avanzada con 60 años de edad y 25 años de servicios

-Vejez, con 65 años de edad y 25 años de servicio.

No existe

 

Los servicios sociales y culturales están sujetos a las posibilidades financieras “siempre que no afecte la viabilidad financiera en el corto, mediano o largo plazo de las reservas constituidas para el otorgamiento de estos servicios.

 

En el caso de las guarderías, las dependencias y entidades pagarán el 50 por ciento del costo unitario por cada hijo de los trabajadores que haga uso del servicio; este costo será determinado anualmente por la Junta Directiva.

No existe

 

Se endurecen las condiciones para la incorporación al régimen obligatorio del ISSSTE de estados, municipios e instituciones estatales y municipales. Se establece que la celebración de convenios, los gobiernos y entidades deberán garantizar incondicionalmente el pago de cuotas y aportaciones y la suficiencia presupuestal necesaria, así como autorizar al Instituto a celebrar en cualquier momento las auditorías que sean necesarias para verificar esas condiciones.

 

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